Procuraduría niega que asesinato de mujer a manos de su pareja sea feminicidio
CANCÚN, MX.- Negligente,
la Procuraduría General de Justicia de Quintana Roo ante los altos índices de
violencia intrafamiliar y agresiones a mujeres, que en varias ocasiones deriva
en feminicidios, pues las autoridades niegan la problemática.
El
sub procurador de la zona norte, Carlos Arturo Álvarez Escalera, dijo que el
asesinato de Carolina Pool Cobá, de 35 años de edad, a manos de su pareja David
Salvat Juárez, quien la ahorcó con una cinta, no es un feminicidio, sino un
homicidio calificado.
El
funcionario señaló que “de acuerdo a las características que se tienen hasta
ahorita, sería un homicidio calificado; el feminicidio, si en el transcurso de
la investigación se tienen más elementos, podría ser considerado, pero, hasta
ahorita las características nos señalan homicidio calificado”; comentó.
Como
se recordará, ayer por la mañana fue reportado el hallazgo del cuerpo de
Carolina Poot, por parte del hermano del presunto feminicida, quien dijo a las
autoridades, que durante la madrugada escuchó que la pareja peleaba, y en la
mañana que entró al domicilio ubicado en la región 247, de Cancún, de donde ya
había huido el agresor, vio el cuerpo de la ahora occisa, el cual se encontraba
desnudo sobre la cama.
A
pesar de lo anterior, el Subprocurador refirió que hasta el momento no se
cumplen los requisitos para encuadrar este crimen como feminicidio. Refirió que
de acuerdo al artículo 89 bis del Código Penal, el feminicidio debe darse por
razones de género, y en las fracciones de la uno a la 6 las describe. Entre
otras considera que existan antecedentes de que el sujeto activo haya ejercido sobre
la victima violencia familiar; “esa es la parte que estamos investigando y
pudiera darse”, reconoció Álvarez Escalera.
Otro
de los requisitos para que sea considerado feminicidio, según el Código Penal
de Quintana Roo, es que el cuerpo de la víctima presente signos de violencia sexual,
“lo cual no ocurrió”, en este caso, aseguró el Sub Procurador, quien también
descartó que “a la víctima se le hayan infringido lesiones degradantes o
mutilaciones previas o posteriores a la muerte”; “que existan antecedentes de
acoso u hostigamiento sexual producidos por el activo contra la víctima, no
tenemos ningún antecedente de este tipo”, enfatizó.
Un
elemento más para poder considerar que se trata de un feminicidio es “que el
cuerpo de la víctima sea exhibido públicamente con la intención de mostrar el odio”;
y aunque en el caso de Carolina Pool, el agresor la dejó desnuda sobre la cama,
al funcionario de la Procuraduría no le parece un acto con intención denigrante,
ni que haya habido exhibición del cuerpo, motivado por el odio.
Otra
de las características del feminicidio, de acuerdo al Código Penal de Quintana
Roo, es que “el activo haya obligado a la víctima a ejercer la prostitución o haya
ejercido actos de trata de personas.
Al
responsable de feminicidio, se le impondrá una pena de 25 a 50 años de prisión
y una multa de mil quinientos a tres mil días multa.
En
el caso del “homicidio calificado” de Carolina Pool, la Procuraduría giró ya una
orden de localización y presentación contra la pareja de la ahora occisa, David
Salvat Juárez, chofer de Autocar, quien huyó del lugar de los hechos.
Aunque
los índices de violencia contra las mujeres en Quintana Roo son alarmantes, la
Procuraduría y el gobierno del estado se niegan a reconocer dicha realidad y
por lo tanto no existen políticas públicas para prevenir esta problemática.
Apenas
el 24 de mayo del 2012, el Congreso de Quintana Roo emitió un decreto para modificar diversos
artículos del Código Penal y tipificar el feminicidio. (NoticaribeNews)
Procuraduría niega que asesinato de mujer a manos de su pareja sea feminicidio
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jueves, agosto 14, 2014
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